Santo Domingo, RD.-El Consejo Directivo del Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (INDOTEL) estableció, mediante la resolución número 148-2024, una nueva definición de velocidad para el servicio de acceso a internet de banda ancha, que incrementa de 4 a 30 megabits por segundo (Mbps) de bajada, con el objetivo de hacer este servicio más rápido y competitivo en el país.
Esta disposición deroga la anterior definición de velocidad de acceso a internet contenida en el artículo 1 del Reglamento General del Servicio de Acceso a Internet, dictado mediante la resolución número 033-2020, de fecha 20 de mayo de 2020.
La resolución número 148-2024 establece que la velocidad mínima en el internet fijo de banda ancha ofrecido por las prestadoras a los usuarios aumentará de 4 a 30 Mbps de bajada y de 1 a 10 Mbps de subida.
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La medida fue firmada por Guido Gómez Mazara, presidente del Consejo Directivo; Alexis Cruz, representante del ministro de Economía, Planificación y Desarrollo, miembro ex oficio del consejo; Juan Taveras Hernández y Tomás Pérez Ducy, miembros del consejo; y Julissa Cruz Abreu, directora ejecutiva del INDOTEL.
Gómez Mazara informó que esta resolución, discutida en el pleno del Consejo, sustituye la resolución número 033-2020, que definía la velocidad de internet de banda ancha con un mínimo de 4 Mbps de descarga y 1 Mbps de subida en el acceso a Internet móvil.
Ahora, la nueva disposición establece que esta velocidad debe incrementarse a al menos 30 Mbps en el caso del servicio fijo, accedido mediante redes Wi-Fi, para que pueda considerarse de banda ancha.
Objetivo: Competitividad y calidad
El presidente del Consejo destacó que el propósito de la resolución es garantizar que los servicios de internet estén alineados con los cambios tecnológicos y los estándares internacionales, mejorando la experiencia de los usuarios y fomentando el desarrollo digital del país.
La nueva definición permitirá también impulsar sectores como el comercio electrónico y la educación virtual, además de armonizar los estándares locales con los de países como Argentina, Chile y Perú, que ya han incrementado sus umbrales de velocidad para la banda ancha.
Con la resolución ahora derogada, la velocidad mínima de 4 Mbps había quedado obsoleta frente a las demandas actuales. En comparación, todos los proveedores de servicios de internet (ISP) consultados ya ofrecen planes superiores a 30 Mbps, según un análisis realizado por INDOTEL.
Consulta pública y revisión periódica
Antes de la implementación, el Consejo sometió la medida a consulta pública mediante la resolución número 084-2024, permitiendo a las prestadoras exponer sus posiciones sobre la nueva definición del servicio de banda ancha.
La medida, que será revisada cada tres años, define una velocidad mínima de 30 Mbps de bajada y 10 Mbps de subida en el acceso fijo, mientras que el internet móvil deberá ofrecer una velocidad promedio de al menos 8 Mbps de bajada.
Respecto a los comentarios de las prestadoras Altice y Claro, que propusieron una velocidad mínima de 10 Mbps de bajada, la resolución mantiene el nuevo estándar de 30 Mbps, alineado con las tendencias internacionales y la rápida evolución tecnológica de los servicios fijos.